El jueves 1 de agosto de 2024 empieza a regir a lo largo de todo nuestro país la llamada Lay Karin (Ley 21.643), que busca prevenir, investigar y sancionar el acoso laboral, sexual y la violencia en el trabajo.
A raíz de la trágica muerte de la técnica en enfermería Karin Salgado en 2019, que se suicidó tras sufrir acoso laboral, se promulgó en enero de 2024 la Ley 21.643, que modifica el Código del Trabajo y otros cuerpos legales, en materias de prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual o de violencia en el trabajo.
Esta ley, llamada Karin -en honor a la técnica en enfermería- comienza a regir el 1 de agosto y se aplicará para todos los trabajadores y empleadores de Chile.
¿Qué implica para los empleadores?
Obliga a implementar protocolos específicos para la prevención del acoso laboral y sexual. Para ello, se debe capacitar a todo el personal en estas materias y establecer mecanismos para la denuncia y la investigación de los casos. No cumplir con estas obligaciones puede resultar en sanciones legales y multas.
¿Qué implica para los trabajadores?
Protege a los trabajadores contra cualquier tipo de acoso laboral, sexual o violencia en el trabajo. Garantiza un ambiente laboral seguro y permite denunciar cualquier incidente sin temor a represalias. Además, la ley asegura que se respete la privacidad y el honor durante cualquier investigación.
Contenido de la Ley… a grandes rasgos
- Regulación del acoso sexual, laboral y la violencia en el trabajo, tanto en sector privado como en sector público.
- Establecimiento de un protocolo de prevención del acoso laboral y/o sexual, y la violencia en el trabajo.
- Medidas de resguardo y el reconocimiento de atención psicológica temprana para las personas trabajadoras denunciantes.
- Perfeccionamiento de los procesos de investigación del acoso sexual y laboral en el sector público.
- Se refuerza el rol de la Dirección del Trabajo y la Contraloría General de la República en el procedimiento de investigación.
Qué debe tener el protocolo de prevención
- La identificación de los peligros y la evaluación de los riesgos psicosociales.
- Las medidas para prevenir y controlar tales riesgos, con objetivos medibles, para controlar la eficacia de dichas medidas y velar por su mejoramiento y corrección continua.
- Las medidas para informar y capacitar a las y los trabajadores sobre los riesgos, medidas de prevención y protección.
- Las medidas para prevenir el acoso sexual, laboral y violencia en el trabajo, conforme a la naturaleza de los servicios prestados.
- Las medidas de resguardo de la privacidad y la honra de todos los involucrados en los procedimientos de investigación.
Principales cambios de la Ley Karin
A través de la Ley Karin se redefine el acoso laboral, eliminando la necesidad de que las conductas de hostigamiento sean reiteradas para ser consideradas delito. Desde ahora, una sola acción puede ser motivo suficiente para una denuncia. Esta modificación marca un hito, extendiendo su alcance a todos los niveles de relación laboral, incluyendo entre compañeros de trabajo y no solo entre jefes y subordinados.
Conductas laborales prohibidas con la Ley Karin:
- Por iniciativa de un superior, restringir a un subordinado las posibilidades de hablar.
- Cambiar la ubicación de un trabajador separándolo de sus compañeros.
- Prohibir a los compañeros que hablen a un trabajador determinado.
- Obligar a alguien a ejecutar tareas en contra de su conciencia.
- Juzgar el desempeño de un trabajador de manera ofensiva.
- Cuestionar injustificadamente las decisiones de un trabajador.
- No asignar tareas a un trabajador, asignarle tareas sin sentido o asignarle tareas muy por debajo de sus capacidades.
- Asignar tareas degradantes a un trabajador.
- Asignar tareas con datos erróneos a un trabajador.
- Rehusar la comunicación con un trabajador a través de miradas y gestos, no comunicarse directamente con ella o no dirigirle la palabra. Tratar a un trabajador como si no existiera.
- Criticar permanentemente la vida privada de un trabajador.
- Terror telefónico llevado a cabo por el acosador.
- Hacer parecer estúpido a un trabajador.
- Dar a entender que un trabajador tiene problemas psicológicos.
- Mofarse de las discapacidades de un trabajador.
- Imitar con burla los gestos y voces de un trabajador.
- Mofarse de la vida privada de un trabajador.